La Inquisición ofrecía mas garantías juridicas que los JVM

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MANUEL LLAMAS: La violencia de género, todo un fraude de ley

In Discriminacion sexista, Legislacion on 24 enero, 2017 at 22:03

Imagen de Manuel Llamas

MANUEL LLAMAS12/01/2007

El año recién terminado ha sido nuevamente trágico en cuanto al número de víctimas que se ha cobrado la, mal denominada por el Gobierno, violencia de género. Un total de 69 mujeres fueron asesinadas durante 2006, según un informe publicado por el Centro Reina Sofía. Ocho casos más que en 2005, lo que supone un aumento del 13,1%, al tiempo que iguala la cifra de mujeres muertas a manos de sus parejas o ex parejas durante 2004, año en el que, por cierto, aún no había entrado en vigor la tan anunciada y aplaudida Ley Orgánica contra la Violencia de Género. El fracaso ha sido, pues, total, no sólo por la demostrada ineficacia de tal medida –el 77,42% de las víctimas había denunciado previamente a su agresor–, sino por las implicaciones y efectos jurídicos negativos que se derivan de la misma.

El 22 de diciembre de 2004 el pleno del Congreso aprobaba dicho proyecto, cuyo contenido ha levantado un intenso y polémico debate a nivel jurídico y social en torno a la validez y conveniencia de aplicar un texto en el que se recogen de forma explícita medidas claramente favorables a implementar en materia penal el controvertido concepto de discriminación positiva. Y eso que el propio Consejo General del Poder Judicial se mostró en su día contrario al planteamiento del Ejecutivo. De hecho, algunos magistrados, entre ellos mujeres, han recurrido la ley ante el Tribunal Constitucional por vulnerar ciertos principios básicos del Derecho contemporáneo, como el concepto de igualdad jurídica formal, propio de la tradición liberal.

La norma refuerza la protección penal frente a los actos de violencia contra la mujer, pero ello mediante la aplicación de un tratamiento penal diferencial en función del sexo al que pertenece tanto el agresor como la víctima: las amenazas leves contra la mujer se sancionan con prisión de seis meses a un año; las coacciones leves con pena de prisión de seis a dieciocho meses; de igual modo, se agrava la pena en las lesiones, de dos a cinco años, así como el quebrantamiento de pena o medida de seguridad impuesta al agresor. Además, castiga con cárcel lo que antes era considerado como falta leve con el argumento de que "esa acción es un indicio inequívoco que anticipa futuras conductas violentas del marido", con lo que se genera un peligroso precedente jurisdiccional, ya que el derecho penal debe tipificar conductas objetivas y no sancionar en base a hipotéticas intenciones, lo cual permitiría encerrar a un individuo en función de su hipotética y, por tanto, no probada peligrosidad o potencialidad delictiva.

Por otro lado, la creación de juzgados para la violencia de género supone, en esencia, un tratamiento judicial específico para un determinado colectivo en función de criterios jurídicos no objetivables. Es decir, la ley no contempla un objeto jurídico concreto (la agresión o el maltrato en el ámbito familiar o de pareja), sino que tales juzgados atienden exclusivamente a un criterio de carácter subjetivo (las mujeres maltratadas por sus maridos o ex-parejas), lo cual contradice los fundamentos constitucionales de igualdad de trato e igualdad ante la ley. Es más, según diversos juristas, se observa un aumento significativo del número de denuncias falsas por maltrato. Algunas mujeres aprovechan las ventajas que les ofrece la citada norma para salir beneficiadas en sus respectivos procesos de divorcio, ya que la existencia de denuncia implica el traslado del expediente, hasta el momento en vía civil, a los juzgados de violencia, con todo lo que ello implica (retrasos, carencia de especialización y posible apertura de un proceso penal para el sospechoso maltratador).

En el ámbito asistencial también establece la formación de un fondo para financiar diversos servicios sociales para atender a las víctimas, pero nuevamente dirigido sólo hacia las mujeres: la trabajadora víctima de la violencia tendría derecho a la adaptación y reducción de su tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, a la suspensión de la relación laboral con reserva de puesto de trabajo y a la extinción del contrato de trabajo, entre otras medidas.

Así pues, tal ley ofrece una protección jurídica desigual y claramente discriminatoria en función de quién sea la víctima y quién el agresor, lo cual es jurídicamente inaceptable y políticamente condenable. El maltrato y la violencia hacia las mujeres en el ámbito doméstico supone, sin lugar a dudas, una importante lacra social sobre la que se debe intervenir de forma urgente mediante la puesta en práctica de medidas legislativas eficaces capaces de dotar, ante todo, de seguridad a las víctimas, así como de herramientas jurídicas capaces de castigar de forma efectiva a los agresores con el objetivo de garantizar que tales hechos no se vuelvan a repetir. Sin embargo, las pretensiones iniciales no han obtenido los resultados esperados y el número de asesinatos se mantiene, sin visos de verse reducido por la aplicación de tales medidas discriminatorias.

Además, la violencia doméstica afecta de forma igualmente alarmante a niños, ancianos y, en menor medida, hombres (quienes suelen padecer maltrato psicológico), con independencia del sexo de la víctima o del agresor, de ahí que sea un grave error la aplicación de la discriminación positiva en este ámbito, al igual que en otros. ¿Es que acaso no todas las víctimas de dicha violencia no merecen igual trato o atención y sus agresores igual castigo con independencia del sexo al que pertenezcan? ¿Es que acaso unos son más culpables que otros?

La ley debe proteger a todos por igual, sin distinciones de ningún tipo, ya que lo contrario supondría una evidente vulneración institucionalizada de derechos individuales que son estrictamente inalienables, una violación en toda regla del fundamental principio de igualdad ante la ley, propio de las democracias modernas. Todo individuo, que no grupo, con independencia del sexo al que pertenezca, debe ser considerado de la misma manera cuando es víctima o agresor, puesto que la existencia de delito no radica en una mera y simple cuestión de género. El delito en sí es la violencia y el maltrato, independientemente de quién lo sufra e independientemente de quién lo ejerza.

 

https://www.juandemariana.org/ijm-actualidad/analisis-diario/la-violencia-de-genero-todo-un-fraude-de-ley

LAS DETENCIONES POR VIOGEN SON ILEGALES E INCONSTITUCIONALES. Sentencia TC 10/02/2014

In Casos sangrantes, Denuncias falsas, Hombres maltratados, Legislacion, Prevaricacion on 24 enero, 2017 at 10:27

 

perezcobosdetencionilegal

tccondenadetenciones

TRIBUNALES Ampara a un vecino de Benidorm

El Constitucional refuerza la protección contra falsas denuncias de malos tratos

 

JUAN NIETO

Valencia

Actualizado: 17/03/2014 09:43 horas

La sala primera del Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia que rompe la indefensión de las detenciones ilegales y de loshombres acusados por presuntos delitos de malos tratos falsos. El TC ha estimado el recurso de amparo que presentó un vecino de Benidorm porque un juzgado le negó el habeas corpus, que es el procedimiento que abre el órgano competente cuando se ha producido una presunta detención ilegal. El perjudicado estuvo retenido en el cuartel de la Guardia Civil de Altea durante un día, la denuncia de su mujer se archivó y ahora otro juzgado ha abierto diligencias por un presunto delito de denuncia falsa.

El demandante en amparo solicitó este procedimiento después de que su mujer lo denunciara por presuntos malos tratos psicológicos. Sin embargo, el juzgado se lo negó porque la detención se produjo "por agentes de la autoridad, concurriendo los requisitos que tanto la Constitución como la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen". De hecho, el habeas corpus no suele otorgarse en casos de violencia de género, según los abogados consultados por EL MUNDO.

"La solicitud se fundamentaba, por un lado, en que se estaba produciendo una prolongación indebida de la situación de privación de libertad, ya que la única diligencia que había que practicar era la propia declaración del detenido", admite la sentencia. Por otro lado, "también se exponía que la detención era ilegal porque no se había comunicado los motivos" de la misma, pues no se expusieron "los hechos concretos" de la denuncia.

El juzgado negó el habeas corpus y en el auto se exponía "que existía una denuncia por un delito de malos tratos psicológicos, constaba la existencia de denuncias previas y un juicio pendiente" de violencia de género. También argumentó que "no se había producido una prórroga de la detención de forma ilegal" por lo que se podía "abrir la puerta al examen judicial de la detención".

El Ministerio Fiscal descartó que se produjera el "trato denigrante" denunciado y agregó que "el habeas corpus es un instrumento procesal adecuado para denunciar abusos", pero que en este caso concreto no se acreditó tal situación. En cambio, el TC estima el recurso del demandante y cree que "el frecuente incumplimiento" de los preceptos constitucionales por parte "de algunos juzgados de Instrucción" es a juicio de este tribunal "grave".

"Se hace necesario reiterar que este tribunal ha declarado que el procedimiento de habeas corpus no puede verse mermado en su calidad o intensidad; y que el control judicial de las privaciones de libertad que se realicen en amparo debe ser plenamente efectivo" porque "la esencia histórica y constitucional de este procedimiento radica en que el juez compruebe personalmente la situación de quien pide el control judicial", dice la sentencia. Los magistrados recuerdan a los jueces de instrucción que "tienen la obligación de aplicar e interpretar leyes según los preceptos y principios constitucionales".

A la Fiscalía el TC le replica que "no cabe admitir su conclusión" pues el habeas corpus "establece una garantía judicial en protección del derecho a la libertad de toda persona detenida". Y en este caso "la comparecencia se realizó ante el secretario judicial y este acto no puede colmar la exigencia de que, una vez incoado el procedimiento de habeas corpus, el detenido sea oído por el juez".

Por todos estos motivos la sala, compuesta por el presidente del TC,Francisco Pérez de los Cobos; y los magistrados Luis Ignacio Ortega, Encarnación Roca, Andrés Ollero, Santiago Martínez-Vares y Juan Antonio Xiol, otorga el amparo y declara la nulidad de los autos recurridos. Finalmente, el presunto agresor fue absuelto de los delitos por los que fue detenido "ilegalmente" y un juzgado de Benidorm investiga ahora a la presunta víctima por un delito de denuncia falsa.

 

http://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2014/03/17/5325f70aca4741b55b8b4570.html

http://custodiapaterna.blogspot.com.es/2016/04/el-constitucional-detecta-arrestos.html

http://misandria.info/f11/constitucional-refuerza-proteccion-contra-falsas-denuncias-de-malos-tratos-1697/

 

 

 

 

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-2645

Sala Primera. Sentencia 21/2014, de 10 de febrero de 2014. Recurso de amparo 2569-2013. Promovido por el Ministerio Fiscal respecto del Auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Puerto del Rosario que inadmitió a trámite una solicitud de habeas corpus formulada por quien se hallaba detenido en dependencias policiales. Vulneración del derecho a la libertad personal: inadmisión a trámite de una petición de habeas corpus por razones de fondo (STC 95/2012).
  • Publicado en:

    «BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2014, páginas 24 a 28 (5 págs.)

TEXTO

La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, Presidente; don Luis Ignacio Ortega Álvarez, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García y don Juan Antonio Xiol Ríos, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de amparo núm. 2569-2013, promovido por el Ministerio Fiscal contra el Auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 5 de Puerto del Rosario de 27 de marzo de 2013, por el que se desestimó el incidente de nulidad de actuaciones interpuesto contra el Auto de 5 de febrero de 2013 –aclarado por Auto de 6 de febrero de 2013–, por el que se acordó no admitir la incoación del procedimiento de habeas corpus núm. 134-2013. Ha sido Ponente el Magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos, quien expresa el parecer del Tribunal.

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LA ASIMETRIA PENAL EN LA VIOLENCIA DE PAREJA ES UN HECHO, NO UN MITO. LA DISCRIMINACION DEL HOMBRE EN ESPAÑA

In Corrupcion feminazi, Discriminacion sexista, Estadistica (datos estadisticos), Hombres maltratados, Legislacion, Prevaricacion on 22 enero, 2017 at 14:51

asimetria

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[En la imagen de una sentencia de AP hasta el mismo juez se maravilla de la desproporcion de la pena impuesta a un denunciado por viogen]

 

asimetria penal final

 

 

domingo, 15 de enero de 2017

Hace un par de días me pasaron este artículo en el que una fiscal comenta las asimetrías penales en materia de violencia de pareja en España. Vamos a echarle un vistazo, a ver qué cuentan.

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Una fiscal de violencia contra la mujer de la Audiencia Provincial de Valencia se olvida de las asimetrías mas importantes

Para este artículo, no va a estar de más enlazar al Código Penal y la LIVG, referencias absolutas para todo lo que vamos a ver. Todas las afirmaciones sobre "hombre" o "mujer" en este artículo se hacen en el contexto de las relaciones de pareja.

Asimetrías penales comentadas en el artículo

 

El artículo tiene el siguiente título:

Desmontando el mito de la asimetría penal en violencia de género

Esto parece fácil. Un repaso sistemático de los diferentes delitos asociados a la violencia de pareja y una comparación de las penas de los mismos nos permitirá saber si existe asimetría penal o no. La autora parece de acuerdo (negritas mías):

Como se trata de un asunto peliagudo, lo mejor será comparar uno y otro caso Codigo Penal en mano.
De delito en delito.

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LA ALGALBA, OTRO CAIDO GRACIAS A LOS TERRORISTAS PROTOCOLOS POLICIALES FEMINAZIS

In Casos sangrantes, Corrupcion feminazi, Denuncias falsas, Discriminacion sexista, Hombres maltratados, Legislacion on 20 enero, 2017 at 19:47

Al igual que ocurriera con el batería de Los Piratas, en Vigo, el verano de 2016, cae ahora otro inocente víctima de unos protocolos indecentes, criminales, injustos y terroristas, donde todo vale, hasta el tiro al blanco, si eres acusado de maltratador sin serlo.

 

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La mujer del hombre abatido en La Algaba niega ser víctima de violencia machista

 

Josefa G. C. rechaza la ayuda ofrecida por el Ayuntamiento y el Instituto Andaluz de la Mujer

 

SILVIA TUBIO / E.P @latubio Sevilla20/01/2017 16:20h – Actualizado: 20/01/2017 18:13h.Guardado en: Provincia

La esposa del hombre abatido a tiros la madrugada del jueves por la Policía Local de La Algaba, niega ser víctima de violencia machista. Así lo ha confirmado la concejal de Igualdad del municipio, Lydia Gómez, después de que Josefa G. C. haya rechazado las ayudas ofrecidas por el Ayuntamiento y el Instituto Andaluz de la Mujer.

«Todavía está un tanto en shock», ha confirmado la edil. Hay que recordar que fue la hija de 15 años quien avisó a los servicios de emergencias, activando el protocolo para los casos de violencia machista, al marcar el teléfono de atención a víctimas de malos tratos. Ese aviso telefónico fue lo que propició que se personara en el domicilio familiar una patrulla de la Policía Local. La menor había relatado que su padre estaba amenazando a su madre y que la iba a matar.

Según fuentes policiales, cuando los agentes llamaron a la puerta, les abrió la menor en un estado muy nervioso. El padre, Carlos C. M., esgrimía un machete y la madre estaba escondida debajo de una mesa. La intervención policial acabó de manera trágica, cuando uno de los agentes tuvo que disparar contra el presunto agresor para defender a su compañero, que había recibido un machetazo en la cabeza.

Como se viene informando desde el primer momento, el fallecido no teníadenuncias previas. La concejal reiteró la sorpresa que había causado la reacción tan violenta que había tenido Carlos C. M., ya que familia y allegados niegan que Josefa sufriera malos tratos. Así, Lydia Gómez manifestó que más allá de tratarse de una situación «muy sorprendente», parece claro que el caso es «complejo» y la actuación del fallecido podría ser «un hecho aislado».

Uno de los policías recibe el alta

Arsenio, el policía local que recibió el machetazo en la cabeza ya ha recibido el alta; mientras que su compañero, Jesús, que fue quien utilizó el arma reglamentaria, ha pasado a planta este viernes después de haber sido intervenido por heridas en una mano y un brazo. El primero fue ingresado por un traumatismo craneoencefálico del que ha evolucionado favorablemente y continuará con la recuperación en su domicilio.

Los agentes siguen recibiendo el apoyo de organizaciones y autoridades. El delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, destacaba en el acto por el Día de la Policía Local en Lora del Río como los dos funcionarios locales «arriesgaron» su vida «por salvar la de una mujer que estaba en riesgo por violencia machista».

Por otro lado, el sindicato CSIF enviaba un comunicado a los medios en el que felicitaba a los dos policías, cuya actuación «no puede ser calificada sino como heroica, ya que ha implicado, con toda seguridad, no tener que lamentar una vez más la muerte de una mujer a manos de su pareja». Además se ponen «a disposición» de los mismos «para cuanto precisen» y «exige a las administraciones afectadas su apoyo y reconocimiento».

 

http://sevilla.abc.es/provincia/sevi-mujer-hombre-abatido-algaba-niega-victima-violencia-machista-201701201620_noticia.html

http://www.larazon.es/local/sevilla/la-pareja-del-varon-abatido-por-la-policia-en-la-algaba-niega-que-sea-victima-de-violencia-de-genero-OC14349654

 


 

La pareja del varón abatido por la Policía en La Algaba niega que sea víctima de violencia de género

  • Tanto ella como su hija niegan una situación de maltrato por parte del fallecido

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Hace 3 horasR. S.  Sevilla.

La mujer de 40 años pareja del hombre abatido a tiros la madrugada del pasado jueves por la Policía Local de La Algaba, tras atacar y herir a los agentes con un cuchillo de poda después de que los mismos interviniesen en un supuesto caso de violencia de género, ha rechazado la ayuda ofrecida por el Ayuntamiento y el Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), alegando que ella no es víctima de “violencia de género”, según Lydia Gómez, concejal de Igualdad del municipio.

La mujer y su hija menor de edad, que cuenta unos 16 o 17 años, están en estos momentos acogidas “en casa de unos familiares”. “Todavía están un tanto en shock”, dijo la edil. En ese sentido, la concejal ha expuesto que la mujer, de unos 40 años, “ha rechazado” los recursos de apoyo ofrecidos tanto por el Ayuntamiento como por el IAM, asegurando que ella y su hija “no son víctimas de violencia de género”.

Lydia Gómez ha reiterado que por lo que se refiere al varón, de unos 33 años de edad y fallecido al recibir tres disparos de la Policía Local mientras atacaba a los agentes con un cuchillo de poda, “no había denuncias previas” en su contra y la mujer no había realizado “ninguna solicitud” de información ante las instituciones, respecto a una posible situación de violencia de género.

Según la concejal, tanto madre e hija, como “los entornos” familiares y sociales de la mujer y del hombre, “niegan” de hecho que hubiese una situación “de maltrato”. Así, la concejal de Igualdad ha manifestado que más allá de tratarse de una situación “muy sorprendente”, parece claro que el caso es “complejo” y que la actuación de este hombre la pasada madrugada del jueves podría ser “un hecho aislado”. Así, aboga por “esperar” a los resultados de la prueba de autopsia practicada al cadáver y al avance de las investigaciones policiales.

Mientras tanto, uno de los policías locales que resultó herido ya ha recibido el alta en el Hospital Virgen Macarena, tras recibir un golpe en la cabeza con un cuchillo de poda por parte del fallecido. El segundo de los agentes heridos, que tuvo que ser operado tras sufrir un corte en uno de sus brazos que le seccionó músculo y tendones, permanece hospitalizado y presenta una evolución “favorable”.

Apoyo a las fuerzas de seguridad

El delegado del Gobierno en Andalucía, Antonio Sanz, mostró su apoyo a todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policía Local, Nacional y Guardia Civil, por su “entrega diaria” y “vocación de servicio”, haciendo referencia en este sentido al suceso ocurrido en La Algaba, y destacando cómo estos policías locales “arriesgaron” su vida “por salvar la de una mujer”.

Miembros de la Guardia Civil en las inmediaciones de la vivienda donde se produjeron los hechos la madrugada del jueves

Miembros de la Guardia Civil en las inmediaciones de la vivienda donde se produjeron los hechos la madrugada del jueves

Efe

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La juez ve indicios de delito en la muerte del batería de Los Piratas y el fiscal pide el archivo

La magistrada acaba la instrucción e imputa homicidio imprudente al guardia civil que disparó al músico -La Fiscalía aprecia legítima defensa pero la acusación particular pide 4 años de cárcel

Marta Fontán Vigo 22.09.2016 | 15:11

Javier Fernández, batería de Los Piratas // G. P.

Javier Fernández, batería de Los Piratas // G. P.

El pasado 26 de agosto se cumplía un año de lamuerte del batería del desaparecido grupo Los Piratas, Javier Fernández. El músico, al que sus amigos conocían como Hal 9000 y que ese día estaba aquejado por un brote agudo derivado de la enfermedad psiquiátrica que sufría, fallecía en su casa de Guláns (Ponteareas) como consecuencia de un disparo en el abdomen realizado por un guardia civil que alegó que usó su arma porque su compañero corría peligro. Estos hechos derivaron en la apertura de una causa en el Juzgado de Instrucción 2 de Ponteareas. Y ya finalizada esa investigación judicial, la magistrada, en el auto en el que transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, concluye que existen indicios de criminalidad con respecto al agente, al que atribuye la presunta autoría de un delito de homicidio por imprudencia grave, confirmaron fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Tras este paso, dio traslado a las acusaciones, que ya han comenzado a presentar sus escritos. La Fiscalía, frente al criterio de la instructora, insta el sobreseimiento al estimar que el proceder del agente está amparado, entre otras razones, en la legítima defensa. Algo que no comparten las acusaciones particulares, que interesan la apertura de juicio oral. Gerardo Gayoso, abogado que representa a la viuda y al hijo menor de edad del músico, solicita 4 años de cárcel para el guardia civil. Y está pendiente la calificación de la otra acusación, que ejercen los padres del fallecido.

Tras aquel trágico suceso del 26 de agosto de 2015, arrancaba una investigación en la que, en ese septiembre, declaraba en calidad de imputado -entonces todavía no se había cambiado el término a investigado- el guardia civil que realizó el disparo. El agente alegó entonces que utilizó el arma apuntanto a la pierna de Javier Fernández -aunque finalmente la bala impactó en el abdomen- para proteger la vida de su compañero, al que el músico apuntaba, aseguró, con un tenedor en la mano y un cuchillo en la otra, tras haberlo herido ya en la nariz. A lo largo del proceso también declararon testigos, como la viuda Andrea Montes, el otro guardia civil, los sanitarios desplazados a la vivienda de Guláns, una vecina que llamó al 112 o dos amigos del batería, uno que aseguró estar dentro cuando fue el disparo y otro que sacó al bebé del fallecido de la casa. Y se realizaron otras actuaciones. Y practicadas todas las diligencias de investigación, la juez -una magistrada distinta a la que inició el procedimiento- concluye que existen indicios de delito en la actuación del guardia.

Tras ese paso que puso fin a la instrucción, la juez dio traslado a las acusaciones para que indiquen si solicitan el sobreseimiento o formulan acusación. Y es en esta fase intermedia donde la Fiscalía pide el archivo. Considera que la actuación del agente está amparada por al menos tres motivos. Uno es de carácter técnico jurídico, al estimar que los hechos no constituirían delito de homicidio imprudente. Ello en base, argumenta, a una reforma legal por la que a la sumo serían falta por imprudencia leve, ilícito que sin embargo ya no existe, no siendo la actual figura del delito de imprudencia menos grave equiparable, dice. Además de esta cuestión, ve amparada también su conducta en los efectos de la causa de justificación de legítima defensa y en la eximente completa de cumplimiento del deber.

El caso sin embargo llegará a juicio porque los familiares del fallecido personados sí formulan acusación. Ya fue entregadado en el juzgado el extenso escrito del abogado de la viuda, en el que solicita que el guardia sea condenado a 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación al considerarlo autor de delito de homicidio por imprudencia profesional grave. Entre otras cuestiones, esta parte sostiene en el citado escrito que desde la primera llamada al 112 de la viuda solicitando ayuda ésta advirtió de que su marido era un enfermo psiquiátrico que sufría un brote agudo. Y que antes de que entrasen los sanitarios y los agentes en la casa donde permanecía el músico, un amigo de éste ya bajaba con el bebé en brazos, por lo que, se argumenta, Javier Fernández no constituía ningún peligro ni para su mujer ni para su propio hijo, por lo que el proceder del guardia era innecesario.

La acusación particular ejercida por los padres del fallecido también presentará su escrito en el juzgado.

 

http://www.farodevigo.es/sucesos/2016/09/22/juez-ve-indicios-delito-muerte/1537738.html

 

 


ABORTO: CUANDO EMPIEZA LA VIDA HUMANA

In Aborto, Estadistica (datos estadisticos), Ideologia feminazi de genero, Legislacion on 20 enero, 2017 at 1:01

 

 

descarga[1]LO QUE DICE LA CIENCIA SOBRE LA VIDA HUMANA

 

14 ene, 2014 Blog Alfonseca Moreno, Manuel

En relación con el anteproyecto de ley orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada se están diciendo muchas tonterías, tanto en privado como en público. Por eso no está de más recordar lo que dice la ciencia respecto a la vida humana:

  • Desde el óvulo fecundado hasta la muerte, cada individuo tiene exactamente la misma dotación genética.
  • ¿A qué especie pertenece un embrión? No hay ninguna duda de que pertenece a la especie Homo sapiens. Luego es un ser humano, porque la definición biológica de “ser humano” es “individuo perteneciente a la especie Homo sapiens“, como la definición biológica de un ave de corral muy conocida es “individuo perteneciente a la especie Gallus domesticus”. Nadie (salvo un ignorante) pone en duda que un huevo de gallina sea un individuo que pertenece a esa especie. Los huevos de las tortugas marinas y otras especies en peligro están protegidos precisamente porque son individuos de esas especies.
  • En el desarrollo embrionario, como en el desarrollo posterior al parto, no hay solución de continuidad. No existe ningún punto donde se pueda decir que se produce un cambio radical. Ni siquiera en el parto, que desde el punto de vista anatómico consiste en el corte de un vaso sanguíneo. La división en fases de la vida de un ser humano (embrión, feto, neonato, niño, adolescente, adulto, anciano…) es arbitraria, pues no hay pasos bruscos. De lo que no cabe duda es de que siempre, de principio a fin, se trata del mismo individuo.
  • La maternidad no empieza en el parto, sino en la fecundación. Desde el momento en que se queda embarazada, la mujer ya es madre.

Todo lo anterior no son descubrimientos modernos, es parte del consenso científico, se sabe desde hace siglos. Jean Rostand (agnóstico), biólogo famoso por sus experimentos sobre la partenogénesis inducida en los anfibios, escribió esto: Crimen minúsculo, quizá, es matar a un ser humano de pocos días, que no mide más que unos milímetros… Pero, de todas formas, crimen, y al que el respeto a lo humano puede tener algo que decir [1].

Una última reflexión: ¿es el aborto libre un paso hacia la liberación de la mujer, o una forma más de machismo que permite a los hombres despreocuparse de las consecuencias de sus actos presionando a las mujeres para que aborten?

[1] El correo de un biólogo, 1970, pág. 91 de la versión española, Alianza Editorial, 1971.

http://www.aecomunicacioncientifica.org/lo-que-dice-la-ciencia-sobre-la-vida-humana/

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El T. Supremo limita la aplicación de la ley feminazi de género a los casos de machismo. QUEJA AL DEFENSOR DEL PUEBLO

In Legislacion on 18 enero, 2017 at 22:22

DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA SOBRE EL TIPO SUBJETIVO EN EL MALTRATO DE PAREJA

 

SINDROME ALIENACION PARENTAL

Por fin, un átomo de sensatez en el Tribunal Supremo: si la ley es para la violencia machista, habrá que aplicarla sólo cuando tal situación se acredite. Con estas sentencias se limita el alcance del dogma de genero, dejándola de aplicar en los casos judiciales en que tal extremo no se acredite. Por contra el vendido y malhadado Tribunal Constitucional resucita este prejuicio judicial.

Ver STS aqui

Los Juzgados de "violencia hacia la mujer", constituidos por la ley feminazi de género, aplican ilegalmente y por sistema el principio fundamentalista (y falso) de que cuando se produce cualquier trifulca entre un hombre y una mujer es por machismo, lo que hace que la supuesta agresión al hombre se pene diferente si fuera realizada por una mujer (la violencia hembrista feminazi queda al margen, por supuesto, faltaría más). Cualquiera que haya pasado por un tribunal de este jaez, sabe que ni el fiscal ni la juez que lo componen (generalmente feminazis), se molestan lo más mínimo en que de algún modo se acredite la "superioridad patriarcal" a que hace mención la Ley feminazi de género en su preámbulo y en el art. primero. Basta que el denunciado sea hombre y haya tenido algún tipo de relación con la falsaria denunciante, para que automáticamente su caso sea visto por estos juzgados feminazis. Los Decanatos, igualmente culpables de esta maquinaria inquisitorial, sin excepción les derivan las denuncias sin ningún tipo de comprobación previa que no sea la de la relación sentimental denuncianta-denunciado (es sabido que las parejas de gays y lesbianas quedan al margen porque ya el canalla imbécil de Zapatero se encargó de guiñarles excluyéndoles del peso de esta inconstitucional y aberrante ley)

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EL FEMINAZI LORENTE ACOSTA CENSURA EN SU BLOG LOS COMENTARIOS FAVORABLES AL JUEZ SALAS CARCELLER

In Corrupcion feminazi, Discriminacion sexista, Estadistica (datos estadisticos), Hombres maltratados, Ideologia feminazi de genero, Legislacion on 16 enero, 2017 at 19:19

Este desvergonzado y canallesco personaje, que se calló como un puta hipócrita cuando el asimismo feminazi Pablo Iglesias se deleitaba con "azotar a Mariló Montero hasta que sangrase", sin dirigirle la más mínima mención en su columna a tan grosero personaje con coleta, no ha tenido reparos en calificar ahora de "machista supremo" a un señor magistrado que disiente del dogma falso de género.

Como buen feminazi, antidemócrata, dictatorial y totalitario, este sociata de marras, con menos inteligencia que un mosquito para mantener sus estúpidas y anticientíficas "teorías" de género (feminazi), en lugar de rebatir, se dedica al deporte de eliminar cualquier comentario que ponga en solfa sus aseveraciones, las cuales por lo demás tienen el mismo valor científico que el que poseyera un tebeo de Mortadelo.

A sus ataques sin sentido y ad hominem al magistrado juez del Tribunal Supremo don Antonio Salas Carceller, hubo quien se propuso responder en el blog de ese fantoche feminazi y en apoyo de las aseveraciones del ilustre jurista:

https://miguelorenteautopsia.wordpress.com/2017/01/05/machismo-supremo/

El artículo del "forense" suena a chiste. No sólo es un ignaro en cuestiones sociológicas, sino que además se aventura en el terreno de la Historia haciendo alarde de una supina ignorancia. Así, para contrarrestar el lógico aserto del juez en el sentido de que la fuerza física es determinante en el maltrato, a Lorente no se le ocurre otra feliz y descabellada idea que la de pontificar que

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El problema está en la desproporción de fuerzas entre hombres y mujeres.Según este planteamiento, las personas negras han sido esclavizadas, discriminadas y sometidas porque son más débiles que las personas blancas, los trabajadores del campo fueron explotados por los señoritos debido a su debilidad física, aunque luego eran fuertes para trabajar la tierra de sol a sol… y así podríamos seguir con todos los grupos discriminados. Pero el argumento de la fuerza física va más allá. En realidad refleja la construcción cultural de la identidad de hombres y mujeres sobre la referencia biológica del sexo, a partir de la cual se asignan funciones y roles para unos y otras.

 

Tamaña osadía y tamaño despropósito, que hasta mueve a hilaridad, fue respondido debidamente con el siguiente comentario, que POR SUPUESTO HA SIDO BORRADO DE SU BLOG POR ESTE ANTIDEMÓCRATA CONSUMADO EXTREMISTA FEMINAZI QUE NO TOLERA COMENTARIOS ADVERSOS:

 

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Y ahí tiene, el comentario borrado, eliminado, suprimido POR EL DEMÓCRATA DE PACOTILLA Y EL DICTADORZUELO CENSOR CONSUMADO DE LORENTE ACOSTA.

 

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Pues como éste, es toda la gentuza feminazi que le baila.

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RUSIA RECUPERA LA CORDURA: PROPORCIONALIDAD DE PENAS EN VIOLENCIA DOMESTICA

In Hombres maltratados, Legislacion, Maltrato infantil, Mujeres maltratadoras on 13 enero, 2017 at 21:25

12/01/2017 17:38

El Parlamento ruso aprobó el miércoles en primera lectura una propuesta para que la violencia de género deje de juzgarse por el código penal y se considere un "delito civil", que se pagaría con una multa de 500 euros, un arresto de 10 o 15 días o hasta 120 horas de trabajo social.

Sin embargo, se aplicarán penas mayores si se considera que la agresión física en el seno de la familia ha sido un acto de "vandalismo".

Detrás de esta iniciativa está una mujer: la conocida diputada Elena Mizulina, que puso la ley encima de la mesa el pasado mes de julio. Mizulina no quiere que haya "personas encarceladas durante dos años y etiquetadas como criminales simplemente por dar una torta". Por eso cree que las agresiones en el entorno familiar deberían ser sólo una falta administrativa.

Mizulina -que es presidenta del Comité sobre Familia, Mujer y Asuntos infantiles- es también impulsora de la normativa que penaliza la "propaganda gay".

La propuesta de rebajar las penas para el maltrato es una reacción de los diputados más conservadores a la decisión adoptada en junio por el Gobierno ruso de considerar la violencia doméstica como equivalente a los "delitos de odio". Para Mizulina, diputada del partido Rusia Justa, que un hombre vaya a la cárcel por haber agredido a su esposa o viceversa o a un hijo durante una discusión es algo que "va contra la familia".

La primera votación ha logrado -como suele suceder en el Parlamento ruso- una mayoría aplastante: 368 votos a favor, un voto en contra y una abstención. Ahora la cámara debe votar de nuevo.

http://www.elmundo.es/sociedad/2017/01/12/5877aff5268e3e11418b4728.html

A juicio por hacerle una peineta a su ex-mujer

In Corrupcion feminazi, Denuncias falsas, Discriminacion sexista, Hombres maltratados, Ideologia feminazi de genero, Legislacion, Prevaricacion on 13 enero, 2017 at 1:15

POR XYZ

12 enero, 2017

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Ildefonso L.L. es un jiennense que el próximo mes de Abril tendrá que acudir a juicio acusado de un delito de coacciones y una delito leve de injurias por realizar llamadas a su ex mujer para interesarse por los hijos en común y por hacerle el gesto de “la peineta”.

Ildefonso se encuentra separado de la que fue su esposa y madre de sus hijos, que tiene la guarda y custodia de los menores. Al padre, antes de iniciar el proceso de divorcio, la madre denunciante le impedía cualquier contacto con sus hijos. Tras ese proceso se dictó sentencia descartando la custodia compartida en base a la existencia de la indicada denuncia por violencia de género . Actualmente le corresponde un régimen de visitas, resultando que las discrepancias al respecto constituyen el origen del posterior conflicto que ha llevado al hombre ante los Tribunales de ámbito penal, por haber denunciado su ex esposa acoso y estrés psicológico, por haber insistido el padre, cuando no le dejaba ver a sus hijos, en esas llamadas sin obtener respuesta, aunque la denunciante manifestaba que solo el hecho de recibirlas le causaba un gran temor. Esto, y el hecho de recibir ofensas explícitas como hacerle el gesto de la peineta cuando el padre iba a recoger al colegio a sus hijos en cumplimiento del régimen de visitas le llevará ante una posible condena penal. Un gesto,el de la peineta, que según la versión del hombre denunciado, respondió a la provocación de decirle en presencia de los niños, “que éstos no se querían ir con su padre”.

Lo paradójico es que recientemente Ildefonso denunció ante la Policía los continuos impedimentos de su ex mujer para que pudiera disfrutar plenamente del tiempo establecido para disfrutar de sus hijos y las llamadas telefónicas constantes que recibía los fines de semana cuando compartía con los menores el régimen de visitas establecido en sentencia judicial. Por esa denuncia no se ha seguido siquiera procedimiento judicial alguno. Un caso más que pone en evidencia el doble rasero que impone la Justicia de género en España.

http://xyzdiario.com/espana/a-juicio-por-hacerle-una-peineta-a-su-ex-mujer/

EL MAGISTRADO ANTONIO SALAS TIENE TODA LA RAZON

In Casos sangrantes, Corrupcion feminazi, Denuncias falsas, Discriminacion sexista, Estadistica (datos estadisticos), Ideologia feminazi de genero, Legislacion, Prevaricacion on 8 enero, 2017 at 14:08

La chusma feminazi no está acostumbrada a que les lleven la contraria. Sus estúpidos y nunca probados dogmas de género caen por tierra a la minima que se escarbe. Es lo ocurrido al genial e inteligente magistrado sr. Salas Carceller, a raíz de diversos tweets en que pone en entredicho el mantra falso de que todas las mujeres son ángeles impolutos o que las agresiones que sufren ellas puedan sufrir son siempre por machismo.

El mantra no se sostiene y por eso intentan acallarlo.

Pero tiene todo nuestro APOYO

—-

 

Juan Mariano Pérez Abad.

Domingo, 8 de enero de 2017

AÚN NOS QUEDA UN RAYO DE ESPERANZA AL QUE AGARRARNOS PARA SEGUIR LUCHANDO POR EL BIEN Y LA VERDAD

El magistrado Antonio Salas reanima nuestro agonizante respeto por la Justicia

 

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La violencia gratuita contra las mujeres, los hombres, los niños los ancianos o contra cualquier ser vivo, siempre nos parecerá abominable y excesiva. Afortunadamente, España figura entre los países del Mundo con menor tasa de agresiones y muertes violentas. Un ejemplo es el de las muertes de mujeres en manos de sus parejas o exparejas varones, eso que se ha dado en llamar “feminicidios”. Los 44 casos del año pasado consolidan nuestra posición como uno de los países con menor tasa comparativa mundial en la incidencia de esta despreciable lacra social.

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3 AÑOS DE PRISION POR ECHAR SOSA CAUSTICA EN EL PINTALABIOS Y PANTALON DE SU ESPOSA

In Discriminacion sexista, Legislacion, Prevaricacion on 5 enero, 2017 at 14:14
 

DESPROPORCIONADA Y TOTALMENTE ABUSIVA SENTENCIA condenando a un hombre a la cárcel por echar sosa cáustica en enseres de su esposa. De haber sido al revés, ella la que pone la sosa cáustica, se iría de rositas con si acaso un simple juicio de falta y multa de 30 euros.

 

Condenan a un hombre por poner sosa cáustica en los pantalones y pintalabios de su ex mujer tras la decisión de ella de separarse

Sábado, 31, de Diciembre, 2016

 

Condenan a un hombre a 3 años de prisión por las consecuencias generadas sobre su ex mujer tras dar por hecho que la sosa cáustica que provocó las lesiones de la mujer fue aplicada por él. Es la Audiencia Provincial de  Albacete, quien ha juzgado y considerado culpable a P.A.M.D., de 45 años, y aparte de la pena de prisión de 3 años, condena también al pago de una indemnización de 15.949 euros, más 4 años de alejamiento de la víctima.
Los motivos parecen ser que pudieran ser la decisión de la mujer de separarse del hombre. Aunque la sentencia es reciente, los hechos sucedieron en 2013, y la pareja tiene dos hijos.
En la imagen se ven los pantalones que causaron parte de las lesiones a la mujer, pues en el pintalabios también se aplicó la sosa cáustica causante de lesiones por quemadura en piernas, glúteos y labios de la víctima.

 

http://custodiapaterna.blogspot.com.es/2016/12/condenan-un-hombre-por-poner-sosa.html

EL MANTRA FEMINAZI DE LA CACAREADA BRECHA SALARIAL ES FALSO

In Discriminacion sexista, Economia, Ideologia feminazi de genero, Legislacion on 4 enero, 2017 at 20:34

Las mujeres en Estados Unidos son las más libres del mundo, sin embargo, muchas feministas nos dicen las mujeres están oprimidas.
Abogan por esta falsedad través de la propaganda de la mentalidad de víctima y estadísticas engañosas, como el mito de brecha salarial de género.
En cinco minutos, Christina Hoff Sommers, del American Enterprise Institute le dice la verdad sobre el feminismo.

Política del PSOE admite que la LIVG se diseñó para vulnerar la presunción de inocencia

In Denuncias falsas, Hombres maltratados, Ideologia feminazi de genero, Legislacion, Prevaricacion on 3 enero, 2017 at 20:38

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A esta nazi, sociata, amparadora y promotora del sistemático pisoteo de los Derechos Humanos más elementales de los hombres, de media población española, sólo le alarman los supuestos hechos que puedan cometer los hombres, no los que a diario cometen las mujeres.

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Y con total descaro y desverguenza, la nazi de marras presume encima de haberse cargado uno de los pilares fundamentales de los Derechos Humanos más básicos y del moderno derecho penal como es el principio de la presunción de inocencia.

Que sea encima esta clase de gentuza nazi la que vaya alardeando de "políticas de igualdad" es algo que clama al cielo.

Es como si los nazis quisieran darle clases de humanística a los judíos.

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EN PRISION POR DEFENDERSE DEL INTENTO DE ASESINATO DE SU ESPOSA

In Casos sangrantes, Corrupcion feminazi, Denuncias falsas, Hombres maltratados, Legislacion, Prevaricacion on 1 enero, 2017 at 16:27

UNA PERSONA (un hombre) LE METEN EN PRISIÓN EL DÍA DE NOCHEBUENA POR INTENTAR DEFENDERSE DE SER ASESINADO POR SU MUJER (DISFRAZADA DE NINJA CON UN ARMA):

No tenía opción este hombre, o se defendía de que le matasen en un intento de asesinato (y por ello ir a la cárcel) o sencillamente estaría muerto. En definitva, MUERTE o PRISIÓN… esas son las alternativas a un Hombre cojo y en silla de ruedas (trabajador de la ONce) que se defendió del intento asesinato de su "ninja" mujer,,, y además se le aplicó el agravante de "género", que al final el T. Supremo ha quitado:

cojo

Luis Hiniesto ingresó en la prisión de Aranjuez el 24 de diciembre

Carlos Berbell

29 diciembre, 2016

Por primera vez en los últimos 13 años una persona ingresó el día de Nochebuena en la prisión de Aranjuez, Madrid: Luis Hiniesto, el vendedor de la ONCE condenado por un delito de tentativa de homicidio cuando trató de salvar su vida frente a su mujer que, disfrazada de “ninja”, ocultando su cara, trató de asesinarlo previamente por la espalda de un balazo cuando se iba a trabajar, la madrugada del 30 de marzo de 2011.

Hiniesto, de 52 años, cojo desde que tenía 11, entró en una silla de ruedas para cumplir los tres años y medio que le impuso el Tribunal Supremo, tras rebajar la condena inicial, de la Audiencia Provincial de Madrid, de 8 años y medio; los mismos que le había impuesto a su mujer ese mismo tribunal.

“Fue todo muy triste. Pero Luis está bien. Se encuentra en estos momentos en la enfermería hasta que lo clasifiquen”, explica su abogado Fernando Gómez-Chaparro, que ha vivido la odisea de su cliente como si fuera propia.

“Todo el mundo en la prisión conoce su caso y lo están tratando muy bien. Luis se ha dejado la barba”, añade Gómez-Chaparro, esbozando una sonrisa cariñosa.

El abogado de Luis Hiniesto solicitó, el pasado 22 de diciembre por la tarde, jueves, la suspensión de la entrada en prisión de su cliente en tanto en cuanto se gestaba el indulto solicitado. “Ayer -por el martes, 27- la Audiencia Provincial nos contestó que ya que había ingresado en la cárcel ya no había lugar”, relata el abogado con cierta acritud.

 

Gómez Chaparro espera que el Gobierno muestre clemencia próximamente.

El caso de Hiniesto, un hombre ejemplar, cumplidor y buena persona, es de los que claman al cielo por esta injusticia.

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Su mujer atentó contra su vida. Le metió una bala por la espalda, que quedó alojada en la columna vertebral y que no ha podido ser extirpada por el riesgo de que pudiera quedarse tetrapléjico, cuando intentó asesinarlo.

Hiniesto, herido como estaba, sacando fuerzas se flaqueza, se revolvió sobre su propia pierna. Se abalanzó sobre ella, sin saber que era su esposa, porque no podía escapar. No podía salir corriendo. No le quedó otra que encarar a su agresora.

Agarró, como pudo, el arma que la mujer portaba en su mano derecha, un revolver trucado.

Con su mano izquierda -es diestro- asió el arma y forcejeó con ella.

La mujer llegó a disparar cinco veces más.

El séptimo tiro impactó sobre el estómago de la esposa disfrazada.

Varios peritos en el juicio certificaron que el disparo era compatible con el forcejeo y que no se podía probar que hubiera intención de matar.

A pesar de todo, a pesar de que la mujer admitió que había mentido, diciendo que había sido víctima de violencia de género, Hiniesto fue condenado a la misma pena que la agresora. Lo que corrigió el Supremo después.

Ahora sólo queda que el Gobierno corrija este desaguisado y devuelva la libertad, con un indulto, a un hombre que sólo trató de salvar su vida.

 

https://confilegal.com/20161229-luis-hiniesto-ingreso-en-la-prision-de-aranjuez-el-24-de-diciembre/

 



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Luis Hiniesto, el vendedor de cupones de la ONCE, al que trató de asesinar su esposa, María del Carmen Hormigos, en la foto pequeña, sobre la moto en la que solía desplazarse por Valdemorillo, cuando eran matrimonio. Confilegal/Luis Hiniesto.

Solicita el indulto tras ser acusado falsamente de maltrato y de ser víctima de un asesinato frustrado

Yolanda Rodriguez y Carlos Berbell

22 octubre, 2016

 

A Luis Hiniesto lo trató de asesinar a tiros su esposa, María del Carmen Hormigos, disfrazada de “ninja”. Hiniesto, discapacitado, se defendió a la desesperada y la desarmó. Para no ir a la cárcel, la mujer lo acusó después de haberla maltratado psicológicamente, siendo mentira. A pesar de todo, el Tribunal Supremo lo ha condenado a tres años y medio de prisión por un delito de tentativa de homicidio al tratar de salvar su vida.

Ahora Luis solicita un indulto para evitar entrar en la cárcel. Es una petición cargada de justicia.

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Hiniesto tiene 52 años y es cojo desde los 10 años, cuando un cáncer se llevó su pierna derecha. Se gana la vida vendiendo cupones de la ONCE en el mercado del barrio Salamanca donde es apreciado y querido por todos.

El próximo 28 de octubre, sin embargo, su vida sufrirá un nuevo vuelco. En esa fecha le comunicarán cuando tendrá que entrar en prisión, si su petición de indulto no es aceptada por el Gobierno.

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Sobre Luis pesa esa condena, que es como una maldición, por hacer lo único que podía hacer: defenderse.

Su columna vertebral todavía guarda, como un recuerdo doloroso, la bala que le impactó la madrugada del 30 de marzo de 2011 en el garaje de su chalet de Valdemorillo, al oeste de Madrid. Los médicos decidieron dejarla donde estaba porque si intentaban extraerla podía quedar tetrapléjico.

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Ese 30 de marzo de 2011 comenzó una pesadilla que ha durado hasta hoy. Una pesadilla en la que pasó de ser víctima a convertirse en imputado y, posteriormente, en procesado y condenado.

Sin entender por qué, fue catalogado de maltratador y tratado como tal por el sistema judicial. No importa que jamás hubiera faltado ni de palabra ni de obra a su esposa.

Su mujer, María del Carmen Hormigos, de 56 años, reconoció abiertamente, y sin coacción de ningún tipo, que todo era mentira.

Lo hizo en el juicio que se celebró contra ella y contra Luis Hiniesto, su víctima, el hombre al que había tratado de asesinar por la espalda.

“No, lo dije porque la abogada que me pusieron en ese momento, me dijo que lo dijera porque si no iba a entrar en prisión”, afirmó Hormigos con toda claridad ante el tribunal, respondiendo a la pregunta del abogado de su hoy exesposo.

Acuciada por deudas con entidades como Cofidis, Mediatis, Banco Sigma y Cetelem -debía más de 18.000 euros-, y pensando en los seguros y en el valor inmobiliario del chalet, que en aquel momento alcanzaba los 500.000 euros, Hormigos trató de tomar un atajo quitando la vida al hombre con el que había tenido dos hijos y por el que ya no parecía sentir nada.

ASÍ FUE EL ASESINATO FRUSTRADO

Luis Hiniesto no comprende muy bien como ha llegado a esta situación, de tener una vida normal con una casa y una familia, Luis tiene dos hijos de 25 y 30 años, a vivir en casa de su hermano, con la familia de éste, “aunque he llegado a vivir en mi coche. Esto mi hermano no lo sabe”, asegura.

Su vida dio un giro de 180 grados cuando aquella mañana del 30 de marzo de 2011, a las 7, bajó al garaje de su chalet para coger su coche y dirigirse a su trabajo diario como vendedor de cupones de la ONCE “en la puerta del Mercado, del barrio de Salamanca, donde soy muy querido”, afirma Luis.

Al dar al interruptor de la luz comprobó que no funcionaba. Tampoco el mando para accionar la puerta del garaje, por lo que se dispuso a abrirla manualmente.

En ese momento notó un tremendo golpe en la espalda y un estampido. Luego escuchó otro. Una segunda bala le agujereó su bufanda. Otra dio en su Smart. Hubo, incluso, tres más, cuyas balas no se pudieron recuperar.

“Luis se dio la vuelta y vio un ‘ninja’, a una persona pequeñita, totalmente tapada, como se reconoce en todas las sentencias. En ese momento no supo quién era su agresor. Sólo que le habían pegado un tiro y que seguían disparando contra él. Otra bala le pasa a milímetros de la mejilla”, explica su abogado, Fernando Gómez-Chaparro.

“El primer tiro es como un descabello. Un tiro en mitad de la espalda que queda entre dos vértebras (aún lo tiene alojado allí, el riesgo de quedarse tetrapléjico si se lo sacan es altísimo)”, añade.

Ante esa agresión Luis se giró sobre su única pierna, apoyado en la prótesis de 5 kilos que ocupa la otra, y forcejeó con su agresor. Tiene una discapacidad del 65 por ciento. No podía huir, como hubiera hecho cualquier otra persona. Le hizo frente. Sus brazos eran fuertes, lleva años usando muletas.

“Le agarré la pistola por el cañón, tratando de desviarlo de mi cuerpo y me quemé. Le sujeté las manos para quitársela, porque seguía disparando”, explica Luis.

Se produjo un forcejeo -y aquí está el meollo de la cuestión de su condena- en el que uno de los disparos  terminó en el estómago del agresor, que cayó al suelo.

El primer impulso de Luis Hiniesto fue quitarle la máscara. Saber quién había querido matarle por la espalda.

Lo que descubrió le horrorizó desde el primer segundo.

Porque era María del Carmen Hormigos.

Su esposa.

Sin recuperarse del susto y de la sorpresa, Luis corrió escaleras arriba, “más de 20 peldaños”, herido y sintiendo el dolor en la espalda, para llamar al 112 y denunciar los hechos, solo 5 minutos después de producirse.

“No podía realizar la llamada desde mi móvil porque es de la ONCE y solo podía recibir llamadas, no hacerlas. Por eso tuve que subir a la casa”, sostiene Luis.

El agredido despertó a su madre, de 81 años, enferma de cáncer terminal, que vivía con ellos, y le contó lo ocurrido.

Poco después, cuando bajaron al garaje se encontraron con que la Guardia Civil y los servicios de emergencias ya habían llegado.

Habían pasado apenas 15 minutos.

El dolor apenas le dejaba respirar. A pesar de todo, pidió que atendieran primero a su mujer, sin todavía poder dar crédito a lo sucedido.

Ambos fueron trasladados al hospital para ser atendidos de sus lesiones. La bala, en su espalda, había quedado milagrosamente alojada entre sus vértebras de una forma que no le impedía moverse, pero era de difícil extracción.

Luis decidió dejarla donde estaba y pedir el alta voluntaria para cuidar a su madre, enferma con cáncer terminal -ya ha fallecido- y regresó a su casa.

A los cuatro días, ya estaba trabajando. “Me llegaba la sangre a hasta los pies”.

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UNA DENUNCIA FALSA QUE CAMBIA EL CURSO DEL PROCESO

El caso, se llevó, en un principio, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de San Lorenzo de El Escorial. A los diez días, cuando María del Carmen Hormigos salió del hospital, recuperada del balazo en el estómago, fue citada a declarar por la juez del caso. Tenía que decidir si enviarla a prisión.

A Hormigos le asignaron una abogada de oficio que basó toda su defensa en una fábula, una mentira: Luis Hiniesto era un maltratador psicológico.

“Así se afirmó ante la juez de instrucción. Este señor es un demonio, es un maltratador. Tira las cosas por el suelo. Sus hijos viven aterrorizados. No les da ningún dinero. Se echa unas siestas tremendas.  Cuenta una historia que le describe como un maltratador absoluto”, asegura Gómez-Chaparro.

Pese a todo, y ante  las pruebas que había, la fiscal iba a pedir prisión incondicional y la juez iba a decidirla, pero Luis decidió no solicitarla porque que “era la madre de mis hijos y prefería que no fuera a prisión en ese momento”.

Sin embargo, a los dos días, María del Carmen Hormigos cambió de abogada.

Asumió su defensa la vicepresidenta la Asociación de Mujeres Juristas Themis, María Ángeles Jaime de Pablo.

Y aquí “comienza una auténtica locura. Aseguran que en uno de los guantes de Luis, concretamente en el izquierdo, hay unos restos de pólvora. Luis es diestro. Y esto unido a las declaraciones de María del Carmen, asegurando que Luis es un maltratador bastan para que el Juzgado se inhiba a favor de un Juzgado especializado en Violencia de Género. Nosotros nos oponemos, pero al final sucede”, relata Gómez-Chaparro. “Se impone el discurso contra la violencia de género, aunque no existiera prueba alguna”.

La mujer de Luis Hiniesto mintió durante los cinco años que duró el proceso, y logró su objetivo: llevar un delito de asesinato en grado de tentativa como si fuera un asunto de violencia de género para que recayese en la sección de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en esa materia. Como así ocurrió.

A la abogada de Themis, diez  días antes del juicio cedió el testigo al abogado Carlos Rodríguez Arias, quien defendió a María del Carmen Hormigos en la vista en la Audiencia Provincial.

En ese preciso momento, justo al comenzar la vista, la propia María del Carmen Hormigos cambió de estrategia afirmando que nunca habían existido malos tratos en su matrimonio.

“No, lo dije porque la abogada que me pusieron en ese momento, me dijo que lo dijera porque si no iba a entrar en prisión”, sostuvo en el plenario.

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“Aquí ha habido una denuncia falsa, reconocida por ella en el plenario, que puede ser verdad o no que se lo haya aconsejado su abogada, pero que las dos abogadas que han llevado el caso han mantenido durante toda la instrucción”.

“Sus mentiras han condicionado el curso de este caso. No es una mentira de defensa, exculpatoria, sino de que es una mentira de ataque”, subraya Gómez-Chaparro.

Pese a sus mentiras, la Audiencia dio credibilidad al testimonio de María del Carmen Hormigos y al de un testigo sorpresa: Julio Serrano Orihuela.

UN TESTIGO SOSPECHOSO

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Julio Serrano Orihuela, supuesto amigo de la familia y testigo clave del juicio.

Julio Serrano Orihuela se presentó a los 8 días de los hechos ante la Guardia Civil para prestar declaración voluntaria afirmando ser amigo de la familia.

Aseguró que era amigo de la pareja y que quedaba con María del Carmen y Luis una o dos veces por semana, algo que Luis negó en redondo.

En el juicio los dos hijos de Luis y María del Carmen afirmaron que prácticamente no lo conocían y que no tenían ninguna amistad con él. El hijo había trabajado para él como jardinero. “Yo no crucé más que algún hola o adiós”, según Luis Hiniesto.

Serrano Orihuela se convirtió en el testigo clave del procedimiento. Aseguró ante el tribunal que Luis era un déspota con su mujer y que era perfecto conocedor de que Luis Hiniesto tenía armas.

Este hombre aseguró al tribunal, bajo juramento, que “Luis tenía tres armas. Sabía que tenía armas porque me ofreció un trabajo para su protección personal por mi fortaleza física”. “Llevaba el revolver en una cartera con los cupones. Hubo unos días que la llevaba en el trabajo porque estaba amenazado”.

También aseguró al tribunal que Luis Hiniesto había tenido problemas con los vecinos porque se lo había comentado la Policía Local.

Nada de eso era cierto. Ni fue contratado por Hiniesto ni tenía “armas” ni la Policía Local tenía denuncia alguna.

La defensa de Hiniesto también pudo demostrar que no existía denuncia alguna contra él.

“En el juicio acreditamos, porque nos dio un certificado la Policía, que nadie había puesto jamás una denuncia por disparos contra Luis, ni éste había tenido incidentes con los vecinos”, cuenta el abogado.

Las únicas “armas” en la casa de Hiniesto eran una pistola balines del hijo y una pistola de fogueo que se había comprado su entonces mujer.

EL ARMA UTILIZADA

El arma utilizada en el intento de asesinato, un revolver detonador marca Foch, modelo 0220, de calibre 22, había sido modificado para poder dispararlo con balas reales, era desconocida para Luis Hiniesto. El único testimonio que vinculó a Hiniesto con el arma fue el de Serrano Orihuela.

Ni él ni ninguno de sus hijos habían visto antes ese arma modificada.

Lo que si era “vox populi” en Valdemorillo -que Luis desconocía- era la “amistad personal” que mantenían Serrano Orihuela y su entonces esposa. Todo el mundo daba por hecho que María del Carmen y el testigo sorpresa, Julio Serrano, al parecer, mantenían una relación sentimental.

“Después de estos hechos me acerqué por el pueblo para ver qué opinión tenía la gente sobre mí, yo tengo un cierto honor, que he perdido -dice totalmente destrozado-. Todo el mundo me comentó que mi ex mujer y ese señor estaban todo el día juntos. Llegaron a decirme que pensaban que era el marido de ella”, asegura Luis.

Para este vendedor cojo de la ONCE y para su abogado el móvil del intento de asesinato es evidente: es un móvil económico.

“Yo nunca he tenido problemas económicos como se afirmó en el juicio. Lo que sí hemos podido acreditar es que esta señora se gastó un montón de dinero en créditos de Cofidis, Mediatis, Banco Sigma y Cetelem, entre otros, alrededor de unos 18.000 euros, aproximadamente”, asegura Luis.

¿Quién administraba la cuestión económica en casa? “Ella lo manejaba todo. Cobraba en el banco y me daba el dinero que necesitaba. De las deudas me enteré después de lo sucedido”, cuenta a Confilegal.

Para él está claro que “El hecho de estar en el Juzgado de Violencia de Género me condenó de antemano. La fiscal no consideró en ningún momento mi presunción de inocencia. Se creyeron la historia del maltrato. Por eso pidió para mí, que era la víctima, nueve años y pico de prisión. Los guardias civiles que declararon en el juicio se quedaron alucinados al enterarse de que yo estaba imputado. No daban crédito”.

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María del Carmen Hormigos tenía una moto en la que desplazaba por el pueblo.

UNA PARRICIDA FRUSTADA

El crimen de Luis podría haber sido el crimen perfecto. Su mujer lo tenía todo pensado.

El móvil del crimen tenía una evidente base económica. Luis tenía a su nombre varios seguros de vida, el de la casa y el de la ONCE, que podían cubrirlas, además del valor de la casa, si se hubiera puesto en venta.

La conducta de María del Carmen Hormigos ya era errática las semanas precedentes a lo sucedido.

“Empezó a gastar dinero y a estar todo el día por ahí. Los fines de semana se arreglaba y se largaba con su moto o con su coche. Yo iba a misa y ella no me acompañaba. Es cierto que yo tenía alguna sospecha, pero no le di mayor importancia”, sostiene Luis.

“Lo cierto es que desde hacía varios años María del Carmen salía mucho con su moto. Yo soy una persona que voy de mi casa al trabajo. Trabajo ocho horas seguidas en la calle, en el Mercado de Diego de León y cuando llego a casa estoy cansado, no me apetece salir de casa. No soy una persona de bares”, nos dice Luis.

EL SUPREMO CONFIRMÓ LA SENTENCIA

Pese a la declaración de los hijos, y de la propia agresora, negando los malos tratos.

Pese a la falta de pruebas de que en la casa hubiese ningún revolver, salvo por la declaración de María del Carmen y del testigo sorpresa.

Pese al informe de los médicos forenses, Ovidio Fernández Martín y Elisa Hernández que afirman que, desde sus respectivos puntos de vista, el disparo en el estomago de la parricida frustrada pudo deberse a un forcejeo, y no a un deseo de venganza de este vendedor de la ONCE, el tribunal de la Sección 26 de la Audiencia Provincial de Madrid, lo condenó a 8 años y medio de prisión.

Una condena que el Tribunal Supremo recientemente redujo a 3 años y medio de cárcel, al apreciar una eximente incompleta de legítima defensa y tenencia ilícita de armas y retirar la agravante de parentesco.

“Yo lo único que hice fue defenderme para salvar mi vida. Querían matarme. Ella llevaba el arma, traté de desviarla para que no me volviera a disparar. ¿Qué debería haber hecho? ¿Dejar que me matara? La pistola se disparó en el forcejeo. ¡Por Dios, yo fui la víctima! ¿Y ahora tengo que entrar en la cárcel por eso? De verdad que no lo entiendo”, reflexiona Luis.

Para Gómez-Chaparro la condena de Luis Hiniesto es una gran injusticia. “Yo me acuesto todos los días preguntándome cómo es posible que a mi cliente, a Luis, con todos estos hechos y pruebas, le hayan condenado. Y no encuentro la respuesta”.

“Luis no disparó contra su esposa, que trataba de matarlo. El disparo en el estómago fue fruto del forcejeo, como han admitido los forenses que pudo ocurrir. Debería haberse aplicado el principio de ‘in dubio pro reo’, en caso de duda a favor del reo, y no lo contrario. Nos perjudicó que se le considerara, desde el principio, un maltratador y desde ahí todo se torció. Pero todavía queda una oportunidad para hacer justicia concediendo el indulto a Luis. Porque si se permite que entre en la cárcel esto podrá llamarse cualquier cosa menos justicia”.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO:

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https://confilegal.com/20161022-solicita-indulto-acusado-falsamente-maltrato-victima-asesinato-frustrado/

COLOCAN CARTELES JOCOSOS EN LOS JUZGADOS FEMINAZIS DE MADRID: "LLAMA AL 016 Y TE DESPLUMAMOS EL POLLO"

In Corrupcion feminazi, Hombres maltratados, Legislacion, MALTRATO, Prevaricacion on 29 diciembre, 2016 at 22:47

Colocan carteles en los juzgados de violencia de género de Madrid: "Stop Feminazis" y "016, hay negocio"

 

Cada cierto tiempo aparecen carteles y pintadas en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer situados al norte de la capital

En esta ocasión cambian la campaña del Gobierno "hay salida", que anima a las víctimas a denunciar y llamar al teléfono contra el maltrato por "hay negocio"

Otro cartel representa un tubo de pegamento en referencia a la mujer que fue imputada por simulación de delito tras denunciar que su expareja le había echado pegamento en la vagina

Marta Borraz

29/12/2016 – 18:10h

Carteles que han colocado en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Carteles que han colocado en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Como cada cierto tiempo, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer situados al norte de Madrid han amanecido con carteles que pretenden desacreditar la lucha contra la violencia de género. Este jueves han aparecido pintadas en el suelo con la inscripción "Stop Feminazis" y dos carteles colgados en un poste que ven tanto trabajadoras como mujeres que acuden a denunciar o declarar.

Uno de ellos cambia la campaña del Gobierno "Hay salida", que anima a las víctimas a denunciar o llamar al 016, el teléfono contra el maltratato, por "016, hay negocio. Llama y te desplumamos el pollo".

El otro es un cartel con la forma de un tubo de pegamento en referencia al caso de la mujer que fue imputada por simulación de delito tras denunciar que su expareja le había echado pegamento en la vagina, una noticia que tuvo una enorme repercusión mediática. El texto que aparece escrito en él es: "Pegamiento vaginal ex preso".

STOPFEMI

El pasado mes de abril en el mismo juzgado fueron colgados carteles con mensajes como "Juzgado feminazi", "Auschwitz: trituradora de hombres" o "Peligro feminazis sueltas". Unos meses antes también aparecían pintadas de "Stop Feminazis" en el suelo y carteles con mensajes similares.

Las frases que normalmente suelen utilizar responden a muchos de los mitos de la violencia de género, entre ellos, que existe un alto número de denuncias falsas –cuando una de las características de este tipo de violencia es que denuncia una minoría de las víctimas– o que las organizaciones especializadas en ella utilizan la lucha contra la violencia machista para ganar dinero.

El uso del término feminazi, utilizado en sentido peyorativo y que fue popularizado por un locutor de radio estadounidense, también es otro de los mensajes frecuentes. La palabra se ha extendido en los últimos años para referirse a mujeres feministas haciendo alusión a que pretenden tratar a los hombres como los nazis a los judíos.

http://www.eldiario.es/sociedad/Colocan-carteles-juzgados-violencia-Madrid_0_595990771.html